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Conoce la póliza estudiantil

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¿Qué es la póliza estudiantil?

La póliza estudiantil es un seguro al cual puedes acceder mientras seas estudiante activo de la universidad, tanto en pregrado como en postgrado, en caso de sufrir algún tipo de accidente dentro o fuera de la universidad y dentro o fuera de la ciudad de Bogotá.

 

¿Cuál es la póliza estudiantil?

La póliza estudiantil que actualmente se encuentra disponible es con LIBERTY SEGUROS.

Según la atención, existe un número específico de póliza para cada población estudiantil la cuál corresponder a:

 

•              Estudiantes de pregrado: 412228

•              Estudiantes de posgrado semestral: 479929

•              Estudiantes de posgrado trimestral: 479389

•              Estudiantes de pregrado yopal: 410121 

 

 

¿Cómo hacer uso de la póliza estudiantil?

La póliza estudiantil cubre gastos médicos por atención de lesiones debidas a accidentes únicamente dentro de las primeras 48 horas de ocurrido el evento.

Puedes hacer uso de ella por medio de los siguientes mecanismos:

•              A través de tu teléfono celular al # 224 opciones 1, 3, 1.

•              En Bogotá puedes llamar a los teléfonos fijos 6013077050 o 6017440722

•              La línea nacional es la 018000113390

 

En cualquier caso, un asesor de la póliza solicitará tus datos, el tipo de accidente que ha ocurrido y el lugar de ocurrencia del mismo para indicarte el lugar más adecuado donde puedes recibir atención médica según los requerimientos.

Si te encuentras dentro de la universidad, en cualquiera de las sedes puedes acudir a los Servicios Médicos correspondientes donde el personal de salud te brindará la atención inicial y te dará todas las indicaciones para hacer uso de la póliza.

 

¿Qué cubre la póliza estudiantil?

1.            Gastos médicos por accidentes:

  • Mordeduras de animales.
  • Lesiones causadas al asegurado con ocasión de hurto o hurto calificado del cual haya sido víctima.
  • Accidentes de tránsito como conductor o acompañante de cualquier vehículo salvo motocicletas.
  • Ahogamiento.
  • Accidentes en bicicletas.
  • Accidentes durante práctica de deportes en competencias programadas por la institución educativa.
  • Intoxicación involuntaria.
  • Lesiones corporales causadas por arma de fuego, cortante, punzante o contundente, explosivos, envenenamiento y actos terroristas siempre y cuando el asegurado no participe en éstos.

 

2.            Gastos de traslado por accidente.

3.          Enfermedades graves diagnosticadas dentro de la vigencia de la póliza (cáncer, leucemia, Sida, infarto cardíaco, derrame o trombosis cerebral, insuficiencia renal crónica, entre otras).

4.            Gastos médicos por enfermedad (ver enfermedades graves).

5.            Gastos de traslado por enfermedad (ver enfermedades graves).

6.            Gastos médicos por riesgo químico.

7.            Gastos médicos por riesgo biológico.

8.            Incapacidad temporal y permanente por accidente.

9.            Muerte accidental.

10.          Muerte no accidental.

11.          Enfermedades tropicales diagnosticadas dentro de la vigencia de la póliza (malaria, fiebre amarilla, leishmaniasis, cólera, tuberculosis, entre otras).

12.          Rehabilitación integral por invalidez.

13.          Amparo funerario opcional por muerte accidental.

14.          Amparo funerario opcional por muerte no accidental.

15.          Reembolso de matrícula por accidente.

16.          Reembolso de matrícula por muerte de cualquier causa.

17.          Auxilio opcional para orientación psicológica en caso de abuso sexual.

 

¿Qué no cubre la póliza estudiantil?

 

•              Lesiones o muerte secundarias a intentos de suicidio o suicidio consumado.

•              Accidentes donde el asegurado sea conductor o pasajero de motocicleta o motoneta.

•         Accidentes secundarios a la práctica de deportes de alto riesgo (paracaidismo, motocross, alas delta, laderismo, kartismo, motociclismo, automovilismo, parapente, aviación no comercial, montañismo, entre otros).

•             Accidentes como consecuencia de que el asegurado esté bajo la influencia de bebidas embriagantes o de sustancias que alteren el estado de conciencia, a menos que el asegurado no se haya colocado voluntariamente en este estado.

 

BIBLIOGRAFÍA

 

1.            https://www.libertycolombia.com.co/zona-cliente/red-medica

2.            https://view.genial.ly/6218036fcdd6930011512856

 

 

 

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