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Lo que necesitas saber sobre el día sin IVA

Con el propósito de fomentar y activar la economía del país, buscando que los colombianos consuman desde la comodidad de su casa y pagando a través de medios electrónicos como tarjeta de crédito y débito; el próximo viernes 19 de junio será el primer día sin IVA. Esta iniciativa se realiza con el propósito que los colombianos puedan comprar ciertos productos sin porcentaje de IVA que se incluye en la actualidad, en ciertos insumos y productos que ingresan o se producen en el país.

Este día sin IVA tiene algunos requisitos que son indispensables a la hora de comprar.  En diálogo con nuestra docente de la Facultad de Ciencias Administrativas y Contables, Luz Marina Torres, nos define cuales son las condiciones de compra en esta jornada:

El decreto 682 incluye algunos bienes dentro de las siguientes categorías que no tendrán IVA en ésta fecha:

1. Vestuario y complemento de vestuario de una persona que cubran las necesidades básicas y para el desarrollo de las actividades cotidianas tales como morrales, maletines, bolsos de mano, carteras, gafas de sol, paraguas, pañoletas y bisutería. Se entiende la bisutería, como joyas de uso personal, pulseras, aretes, collares, elaboradas en cualquier material. El precio de venta por unidad debe ser igual o inferior a $712.000 sin incluir el IVA.

2. Electrodomésticos, gas domésticos (que funcionen con gas natural), computadores y equipos de comunicaciones. El valor de estos productos por unidad no debe de superar de $2.849.000 sin incluir el IVA.

3. Elementos deportivos y artículos especializados para la práctica del deporte. En este caso, el valor límite del producto por unidad no debe ser superior a $2.849.000 sin incluir el IVA.

4. Juguetes y juegos para promocionar el entretenimiento de la población especialmente niños. Esta categoría no incluye artículos de fiesta, carnavales y artículos recreativos, programas informáticos y softwares. El precio de estos productos no debe de superar los $356.000 sin incluir el IVA.

5. Útiles escolares necesarios para el crecimiento intelectual y educativo de los estudiantes para el desarrollo pedagógico en el contexto escolar y universitario. En esta categoría, los productos de venta por unidad no deben ser mayores a $178.000 sin incluir el IVA.

6. Bienes e insumos para el sector agropecuario. En este caso, el valor de venta por unidad del producto no debe de ser superior a $2.849.000 sin incluir el IVA.

Si vas a realizar compras de alguno de los productos mencionados anteriormente durante este día, debes tener en cuenta qué:

  • Aplica para personas naturales que estén radicadas dentro del país. Solo se venden éstos productos al detal. No aplica para empresas.
  • El vendedor debe de expedir factura o documento equivalente con la fecha del día sin IVA.
  • Se paga con medios electrónicos tales como tarjetas de crédito, débito u otros mecanismos de pago electrónico y que estén vigilados por la Superintendencia Financiera.
  • El consumidor final puede adquirir hasta tres unidades del mismo bien y enajenado por el mismo proveedor.
  • El precio de venta será el que corresponda al valor de venta del bien disminuido en el IVA a la tarifa que corresponda (la tarifa general de IVA actualmente es del 19%, y existe una diferencial del 5%).

Quienes deseen conocer más sobre éste decreto, podrán consultarlo a través de estelink. Es importante mencionar que éste, es el primer día de los tres que ordenó el Gobierno Nacional. Las otras dos fechas serán el viernes 3 de julio y domingo 19 de julio.

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